El Gobierno ha iniciado la mal denominada reforma de la administración local, tal y como se plantea en el informe aprobado en Consejo de Ministros celebrado el 15 de febrero.
No es una reforma: es una demolición. No tiene en consideración la Carta Europea de la Autonomía Local aprobada en 1985 y ratificada por el Estado español el 20 de enero de 1988, excepto el artículo 3.2, publicado en el BOE de 24 de febrero de 1989 que establece los principios de respeto a la autonomía local sobre la base de los entes locales como uno de los principales fundamentos de un régimen democrático, del principio de subsidiariedad, de autonomía organizativa y competencias plenas.
La reforma de la administración local desprecia el principio rector que ha movido con mayor o menor ambición la normativa de desarrollo de los ayuntamientos: el de la administración más cercana. Los municipios españoles en 1979 fueron la expresión más evidente de la llegada de la democracia a nuestro país: miles de concejales y concejalas, de alcaldesas y alcaldes, elegidos y elegidas por sus vecinos y vecinas, accedieron al gobierno de sus ayuntamientos desde la preocupación por satisfacer las demandas más acuciantes de su entorno, y también, ante la falta de definición constitucional de las competencias locales, a afrontar aquellos retos y actuaciones que fueran impulsadas por la ciudadanía. Desde ese principio, se configuraron los ayuntamientos como las entidades que visualizaron la democracia en nuestro país y que representaron la primera experiencia, hasta ahora irreversible, de descentralización política.
La reforma del artículo 135 de la Constitución Española en septiembre de 2011, acordada por el PSOE y el PP, recoge el principio de estabilidad presupuestaria como principio rector de todas las administraciones públicas, y a esta obsesión se somete ahora a la administración local a través de esta reforma, sin contemplar las consecuencias sociales en forma de pobreza y deterioro de servicios que esa rigidez provoca en la sociedad, principalmente en las capas populares.
Esta reforma respira tutelaje de una administración sobre otra. Ignora las competencias autonómicas sobre régimen local y desprecia a los ayuntamientos como parte del Estado en pie de igualdad con las demás administraciones. La intervención sobre la obsesión de la sostenibilidad financiera recorre todos los aspectos normativos de dicha reforma. Habla de racionalizar la estructura organizativa cuando quiere decir privatizar servicios y entes instrumentales, y reconoce como uno de los objetivos el favorecer la iniciativa económica privada, evitando intervenciones administrativas desproporcionadas. Aquí reside la clave de la reforma: debilitamiento de la democracia local a través de la reducción de sus competencias, y privatización de los servicios públicos por en los municipios que pierdan la titularidad de sus competencias. Llaman profesionalidad y transparencia a la eliminación de la política en el ámbito local.