IU saluda se constituya la comisión de investigación sobre la Trama Púnica en Sanse que había pedido pero sigue viendo puntos oscuros

Desde Izquierda Unida San Sebastián de los Reyes consideramos positiva y saludamos que se haya tenido en cuenta nuestra propuesta de constituir una comisión de investigación para aclarar los contratos adjudicados en San Sebastián de los Reyes a las empresas de la trama de corrupción de la que presuntamente formaba parte el ex secretario general del PP madrileño y exalcalde de Valdemoro Francisco Granados destapada en la llamada 'operación Púnica'.

Recordamos que, además de Waiter Music, existen otras empresas relacionadas con la trama corrupta que tienen adjudicaciones en nuestro municipio.

Como dijimos el miércoles pasado hay que ser implacables la corrupción y despejar cualquier sombra de duda, y esto sólo se logrará con una total transparencia por parte de Ayuntamiento.

Sin embargo después de la comparecencia en rueda de prensa del alcalde de San Sebastián de los Reyes Manuel Ángel Fernández Mateo de este viernes sentimos decir que, lejos de aclararnos este tema tan delicado, tenemos cada vez más dudas:

 

El objeto de la licitación.

En primer punto oscuro es el objeto de la licitación del Ayuntamiento de Sanse a Waiter Music para las pasadas fiestas de Agosto. En el pliego de condiciones se dice textualmente “Cesión de uso el Anfiteatro Municipal del parque de la marina, bien de dominio público municipal, afecto a servicio público, con el fin de la instalación de una discoteca, organización de un concierto y explotación de barras de bar, durante las próximas fiestas en honor del Stmo. Cristo de los Remedios 2014.”

La adjudicación es por un concierto y no por cuatro que se realizaron. Esta será una de las primeras cuestiones que plantearemos en la futura comisión de investigación. En el Pliego no aparece en ningún momento lo que afirma el Alcalde: “mínimo un concierto”. Esto es del todo falso y fácilmente comprobable.  

 

El tipo de procedimiento.

El tipo de procedimiento también nos genera serias dudas. El procedimiento empleado por la Concejalía de Contratación, en esta ocasión, es Procedimiento negociado sin publicidad. La Ley de Contratos con el Sector Públicos permite este tipo de procedimientos siempre que el acuerdo se suscriba entre el representante del artista o artistas y el ayuntamiento. Esto es, sin intermediarios.

Según hemos sabido por diferentes informaciones, Waiter Music no ostentaba la representación de los artistas, lo que hacía era forzar que le firmaran derechos en exclusiva durante un solo día, el del concierto.

La jurisprudencia considera ilegales este tipo de apaños. Existen sentencias judiciales que anulan contratos de esta forma.

En la comisión solicitaremos la documentación que acredite que la empresa era efectivamente la representante de los artistas. Nos parece cuanto menos llamativo que no hubiera ninguna otra empresa interesada en pujar por la cesión, y preguntaremos por ello.

 

La cuantía del contrato.

Lo que ha cobrado la empresa por los conciertos (aunque en las bases solo menciona uno) han sido más de 91.000 euros. En los procedimientos negociados sin publicidad, como este, la cuantía no puede superar los 60.000 euros. Esperamos que el gobierno del PP nos aclare esto también. 

 

La subvención privada.

El Alcalde ha manifestado en rueda de prensa que la “empresa púnica” ha recibido una subvención de 81.000 euros que aportan los patrocinadores privados. 

Una subvención que no aparece en ningún momento en las bases que rigen la adjudicación, preguntaremos por ello. Además queremos destacar que la ley 15/2014, de 16 de septiembre, General de Subvenciones estipula que:

“Las subvenciones  se otorgan sin contraprestación directa del beneficiario; se realizan de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación; tiene que estar reguladas y publicitadas; tiene que concederlo un órgano; tiene que existir crédito en la aplicación presupuestaria del ayuntamiento; aprobación del gasto por el órgano competente; no se podrá otorgar subvención por cuantía superior a la que se determine en la convocatoria.”

Y tenemos serias dudas de que la actuación del ayuntamiento se haya ajustado en este caso a lo que estipula la ley.